viernes, 25 de marzo de 2011

4. Reformas en Transportes y Energía

  • Nueva Ley General de Transporte y Tránsito: Orientada a definir las competencias entre los tres niveles de gobierno y en el nivel de gobierno nacional, establecer las diferencias entre las competencias de tránsito y de transportes. Se deben establecer los incentivos al chatarreo y los incentivos para que los propietarios de los  vehículos sean gradualmente accionistas de las empresas propietarias de las empresas titulares de rutas. Esta norma debe garantizar que en la Región Lima Metropolitana las competencias sobe la emisión de brevetes, la decisión de los trazos de las rutas de los metros o trenes y las correspondientes a las revisiones técnicas. 
  • Modificatorias a la Ley de Puntos, Ley de Creación de la Escuela Nacional de Choferes y Ley del Chofer Profesional. Con el objetivo de modernizar integralmente el sector. 
  • Modernización de la Ley del Sistema Portuario Nacional. Se requiere para definir un nuevo modelo de desarrollo portuario que facilite que en los puertos en donde no se pueda generar competencia se permita que los actuales prestadores de servicios portuarios puedan asociarse con ENAPU en APPs, de modo de modernizar los puertos regionales y los puertos de la selva. También se requiere darle a la Autoridad Portuaria Nacional el grado de autonomía de los órganos reguladores. 
  • Reforma de la Ley Orgánica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Orientada a crear una Dirección General de Ciudades que apoye y subsidie los sistemas de transporte masivo. 
  • Ley de Creación de la Autoridad del Transporte en Lima Metropolitana y en las 30 principales ciudades. En el Perú se producen 6,000 muertos por año en las carreteras. Se requiere de autoridades fuertes con una escala remunerativa apropiada y autonomía suficiente en lo económico y en lo administrativo de modo de poder enfrentar el grave problema de los accidentes de tránsito. 
  • Modificación a la Ley de Creación de SUTRAN. Con el objetivo de darle la autonomía equivalente a un órgano regulador. 
  • Modificación de Ley General de Hidrocarburos. Con el objetivo de sustituir la fijación de precios a través del estimado de la paridad de importación por un esquema de paridad de exportación o de costos reales. 
  • Ampliación de Funciones de Osinergmin. Ampliar las competencias de Osinergmin para que regule también los servicios de electricidad rurales. Esta norma es recomendada por la Defensoría del Pueblo. 
  • Modificar el marco legal del Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE). A fin de que cumpla con su finalidad original de subsidiar a los usuarios de menores recursos, la mayoría de ellos localizados en zonas rurales. Esta norma es recomendada por la Defensoría del Pueblo. 
  • Ampliar el área de influencia de las Empresas Públicas Regionales. De modo de que incluyan a las zonas rurales. Esta norma es recomendada por la Defensoría del Pueblo.

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